Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

Nota(s) sobre el origen

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      Villa de Luján

      Términos equivalentes

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID287 · Unidad documental simple · 1792-07-12
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Transcripción del escrito presentado por Pedro Antonio Torres, en su carácter de alcalde ordinario, ante el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján, en relación con la queja interpuesta por Manuel Mariano Creu ante el señor virrey, con motivo de su separación del cargo de maestro de escuela y de las expresiones agraviantes vertidas por este contra el cuerpo capitular.

        En dicho escrito, el alcalde expone la necesidad de dirigir representación al señor virrey, a fin de manifestar con claridad lo ocurrido y suplicarle se sirva declarar que no ha lugar al recurso promovido por el referido Creu. Solicita asimismo que, entretanto la Superioridad resuelve, se le haga saber que este Cabildo no le admitirá gestión ni instancia alguna sobre el particular, bajo apercibimiento de proceder conforme a derecho.

        Igualmente, propone que, para la mejor defensa de los fueros y prerrogativas del Ilustre Ayuntamiento, se nombren dos diputados: uno que actúe en la villa en todo lo conducente a su defensa, y otro que ocurra a la capital del reino para atender lo necesario en seguimiento de la causa, confiriéndoseles a ambos las facultades y poderes que resulten precisos para el desempeño de su encargo.

        Escrito tratado en la sesión celebrada el 9 de julio de 1792.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID180 · Unidad documental simple · 1781-02-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia de carta escrita por Carlos Tadeo Romero, Manuel de Larriva, Alonso González y Antonio Perelló, capitulares del Ayuntamiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, fechada el 13 de febrero de 1781, dirigida al Excelentísimo Señor Virrey.

        En ella manifiestan que, en cumplimiento de la carta de 3 del corriente y del superior decreto proveído el 29 de enero, relativo a la elección de nuevos capitulares, el Ayuntamiento acordó informar acerca de los puntos comprendidos en dicha disposición. Expresan que no se ha innovado la práctica observada desde la erección de la villa en cuanto a poner en posesión a los electos inmediatamente después de su elección, señalando que no existía providencia superior que lo prohibiera y que igual costumbre se seguía en otras ciudades del Virreinato. Declaran que, en obsequio del decreto recibido, se abstendrán en lo sucesivo de dar posesión a los electos hasta tanto recaiga la confirmación superior, y solicitan se declare que los capitulares no han incurrido en falta.

        Asimismo, en lo relativo a la suspensión de los oficios de regidores por ser vendibles, remiten testimonio del decreto de 17 de octubre de 1755 sobre la erección de la villa y su Cabildo, corroborado por real cédula de 30 de mayo de 1759, manifestando que se ha procedido conforme a dichas disposiciones al proveer anualmente tales oficios por elección en sujetos idóneos, atendiendo a la indigencia de los vecinos y al beneficio de la Real Hacienda. Concluyen suplicando se determine lo que fuere del agrado superior.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID523 · Unidad documental simple · 1805-02-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia en libro de actas del título de Pedro Pablo Torres

        Bernardo Gregorio de Las Heras, receptor general de penas de cámara del superior gobierno, hace saber que, ante la falta de remisión de fondos por parte del Cabildo de la Villa de Luján y la necesidad de asegurar la recaudación de multas y condenaciones, y en uso de las facultades conferidas por su título, nombra a Pedro Pablo Torres como receptor particular, en calidad de teniente y comisionado en dicha villa y su jurisdicción.

        Se le concede facultad para recaudar todas las penas de cámara, gastos de justicia y demás ramos, con arreglo a la instrucción adjunta, y con los privilegios y prerrogativas del oficio. Deberá otorgar fianza de doscientos pesos ante el alcalde ordinario y prestar el juramento de estilo para tomar posesión del cargo.

        Se ordena a las justicias de la villa que lo reconozcan como tal y le guarden los fueros correspondientes.

        Dado en Buenos Aires, a veintiséis de febrero de mil ochocientos cinco.

        Bernardo Gregorio de Las Heras
        Ante mí: Marcelino Calleja Sanz

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU C-VL-Se6-ID29 · Unidad documental simple · 1853-05-31
        Parte de Colección Villa de Luján

        Título de la venta de un terreno de Claudio P. Colmenero a José Ávila tramitado en el Juzgado de Paz de la Guardia de Luján. Firmado por el Juez de Paz: Joaquín Abreu. El documento contiene la leyenda: "¡Viva la Confederación Argentina!"

        Abreu, Joaquín
        [Testamento de Teresa Casal] 1851
        AR B-CMPEU C-VL-Se1-ID4 · Unidad documental simple · 1851
        Parte de Colección Villa de Luján

        Testamento de Teresa Casal.
        El documento posee sello de 1851, con la leyenda: "Mueran los Salvages Unitarios, ¡Vivan los Federales!"

        Juzgado de Paz de Luján
        [Testamento de Francisco Ramos] 1835
        AR B-CMPEU C-VL-Se1-ID1 · Unidad documental compuesta · 1835
        Parte de Colección Villa de Luján

        Inventario y tasación de bienes del fallecido Francisco Ramos. Cuenta de division y partición de los bienes que fincaron por fallecimiento de Francisco Ramos.
        El documento posee, en la primera página, la leyenda: "¡Viva la Federación!" y folios con el sello de 1836, con la leyenda: "Mueran los Unitarios, ¡Vivan los Federales!"

        Juzgado de Paz de Luján
        AR B-CMPEU C-VL-Se1-ID3 · Unidad documental compuesta · 1828
        Parte de Colección Villa de Luján

        Testamento de Manuel González.
        El Defensor General de Menores solicita al Juez de Primera Instancia en lo Civil de Buenos Aires, Marcelo Gamboa, que le ordene al Juez de Paz de la Villa de Luján la ejecución de los inventarios de la testamentaría de Manuel González, quien falleció en la Villa de Luján dejando bienes e hijos.

        Juzgado de Paz de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID447 · Unidad documental simple · 1802-03-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Juan Fernández, regidor defensor general de pobres, manifestó no conformarse con el acuerdo precedente, por haber sido formado sin su asistencia, en relación con el cumplimiento del superior oficio del virrey de fecha 2 de marzo de 1802.

        En consecuencia, y en cumplimiento de dicha orden, propuso como sujetos de conocida probidad y conducta para el encargo de la administración de la estancia del Santuario de Nuestra Señora de Luján a José Francisco de Ugarteche, Francisco Aparicio, José Gerónimo Colman y Gaspar de Contreras, todos vecinos de la villa.

        Dejó así expresada su respuesta para que la superioridad determine lo que estime conveniente, firmándola en fecha 20 de marzo de 1802.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU C-VL-Se12-ID82 · Unidad documental compuesta · ? - 1821-01-10
        Parte de Colección Villa de Luján

        Renuncia de Francisco Castro al cargo de Alcalde de Hermandad de la Cañada de la Cruz dirigida al Cabildo de la Villa de Luján. Incluye las notas de exhoneración de cumplimiento del cargo, firmada por Sosa, Portela, Santa Ana y Navarro. El documento posee sello y timbrado del Supremo Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata 1813 y sello del Ministerio de Hacienda.

        Castro, Francisco
        AR B-CMPEU C-VL-Se12-ID78 · Unidad documental compuesta · 1821-01 - 1821-01-12
        Parte de Colección Villa de Luján

        Presentación ante el Cabildo de la Villa de Luján del vecino José Romero, de la Cañada de Giles en la que renuncia al nombramiento Alcalde del Oratorio de Giles por no poder hacerse cargo de dicha responsabilidad y no saber leer ni escribir. Firmado a su pedido por Pedro Antonio Martínez. El documento cuenta con la respuesta declarada en la Sala Capitular de la Villa de Luján, exhonerando a Romero del cargo y llamando a una nueva elección, firmado por Sosa, Portela y Navarro. El documento posee sello y timbrado del Supremo Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata. 1813. Y sello del Ministerio de Hacienda.

        Romero, José
        AR B-CMPEU C-VL-Se12-ID76 · Unidad documental compuesta · 1821-01 - 1821-01-16
        Parte de Colección Villa de Luján

        Renuncia de Juan Pablo Rodríguez al cargo de Alcalde de San Andrés de Giles dirigida al Cabildo de la Villa de Luján. Explica que se encuentra impedido por motivos de edad y de salud. Incluye las notas de exhoneración de cumplimiento del cargo, firmada por Sosa, Palavecino, Portela y Navarro, en la Sala Capitular del Cabildo. Con Fecha 16-01-1821. El documento posee sello y timbrado del Supremo Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata. 1813 y sello del Ministerio de Hacienda.

        Rodríguez, Juan Pablo
        AR B-CMPEU C-VL-Se12-ID75 · Unidad documental simple · 1821-??-??
        Parte de Colección Villa de Luján

        Renuncia de Dámaso Flores como Alcalde de Hermandad de Giles dirigida al Cabildo de la Villa de Luján. El documento posee sello y timbrado del Supremo Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata,1813, y sello del Ministerio de Hacienda.

        Flores, Dámaso
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID828 · Unidad documental simple · 1774-12-31
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        La unidad documental reúne la cuenta de los ingresos y gastos generados por los derechos del puente de la Villa de Luján entre el 24 de diciembre de 1773 y el 31 de diciembre de 1774, junto con un inventario de los documentos, libros y bienes pertenecientes al Cabildo.

        La sección contable registra el producido anual del puente y los libramientos efectuados por el Cabildo para atender diversos gastos de la administración local. Entre ellos se incluyen pagos a diputados encargados de la conservación y reconstrucción del puente, remuneraciones por trabajos de inventario y registro documental, gastos de correspondencia y mensajería oficial, adquisición de elementos destinados al ceremonial capitular, pagos por tareas administrativas y retribuciones al recaudador de los derechos del puente. La documentación destaca los gastos ocasionados por la reparación de la estructura luego de la creciente del río ocurrida en enero de 1774, que destruyó el puente e interrumpió temporalmente su explotación.

        El inventario de papeles registra expedientes, actuaciones y legajos relacionados con la defensa de privilegios fiscales de la villa, la administración del ejido, la jurisdicción capitular, la elección y confirmación de autoridades, la conservación de los fueros municipales, la recaudación de los derechos del puente, la administración de la Real Cárcel, la provisión de sementeras, las bulas de Cruzada y otros asuntos de gobierno, justicia y administración. Asimismo, comprende correspondencia oficial, bandos, memoriales, recibos, cuadernos de cuentas de distintos años y causas judiciales promovidas por el Cabildo contra particulares.

        La unidad incluye además un inventario de la biblioteca institucional, integrada por ejemplares de la Recopilación de Leyes de Indias, la Curia Filípica, un volumen de Melgarejo, los libros de acuerdos y el libro de inventarios del Cabildo, instrumentos fundamentales para la gestión administrativa y judicial de la corporación.

        Finalmente, se registra el mobiliario y los efectos pertenecientes al Cabildo, entre ellos una mesa con cajón y cerraduras, conservada junto con la documentación inventariada.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID827 · Unidad documental simple · 1773-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        La unidad documental reúne la cuenta de ingresos y gastos de los propios de la Villa de Luján provenientes de los derechos del puente, correspondiente al período comprendido entre el 8 de mayo y el 24 de diciembre de 1773, junto con un inventario de los documentos, libros y bienes muebles pertenecientes al Cabildo.

        La sección contable registra el producido obtenido por la explotación del puente y su aplicación a diversos gastos de la administración local. Entre ellos se incluyen pagos al recaudador de los derechos del puente, reparaciones y mantenimiento de la estructura, adquisición y transporte de materiales para obras públicas, gastos vinculados a la construcción y sostenimiento de la Real Cárcel, remuneraciones al maestro de primeras letras, funciones religiosas, mensajerías oficiales y reintegros de sumas adelantadas por funcionarios y particulares para atender necesidades del Cabildo. Asimismo, se consignan desembolsos relacionados con la ampliación del ejido de la villa mediante la adquisición de tierras.

        El inventario registra la documentación conservada por el Cabildo, integrada por expedientes y actuaciones referidas a la defensa de exenciones fiscales, jurisdicción de la villa, administración y conservación del puente, fundación y ampliación del ejido, elecciones y confirmaciones de autoridades, ejercicio de cargos capitulares, derechos de sepultura, bulas de Cruzada, fueros municipales, bandos, asuntos judiciales y administrativos diversos, además de correspondencia oficial, reales cédulas, memoriales, presentaciones particulares, cuadernos de cuentas y recibos.

        Incluye también una relación de la biblioteca capitular, compuesta por ejemplares de obras jurídicas y normativas de consulta, entre ellas la Curia Filípica, la Recopilación de Leyes de Indias, un volumen de Melgarejo y los libros de acuerdos del Cabildo.

        Finalmente, se inventarian los bienes muebles y objetos de uso institucional existentes en poder del mayordomo, entre los que se encuentran insignias y elementos ceremoniales, instrumentos destinados al control de pesas y medidas, mobiliario y otros útiles vinculados al funcionamiento cotidiano de la administración capitular.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID826 · Unidad documental simple · 1772-12-31
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        La unidad documental reúne la cuenta de los ingresos y gastos correspondientes a los propios de la Villa de Luján procedentes de los derechos del puente, comprendidos entre el 8 de mayo de 1771 y el 8 de mayo de 1772, así como un inventario de los documentos, libros y bienes existentes en el Cabildo al momento de su elaboración.

        La sección contable registra el producido anual del puente y su distribución en distintos gastos de la administración local, entre ellos la adquisición de materiales para la construcción de la Real Cárcel y Casa de Cabildo, reparaciones del puente y de sus herrajes, pagos por servicios religiosos y rogativas, gastos de administración, adquisición de libros para acuerdos, compra de elementos de control de pesas y medidas, contribuciones para el servicio de postas y reintegros efectuados al procurador general por desembolsos realizados en beneficio del Cabildo. Asimismo, consigna el saldo remanente transferido al ejercicio siguiente.

        El inventario incorpora una detallada relación de los papeles conservados por la corporación, entre los que se encuentran expedientes y actuaciones vinculados con la percepción de alcabalas, el ejercicio de la jurisdicción capitular, la delimitación y fundación del ejido de la villa, elecciones de autoridades, asuntos del alguacil, administración del puente, deserciones, derechos de sepultura, sedes vacantes, litigios diversos y otras materias de gobierno, justicia y administración. También registra legajos de reales cédulas, correspondencia oficial, diligencias practicadas, memoriales y acuerdos relacionados con la construcción de la cárcel y sala capitular.

        La documentación incluye además un inventario de la biblioteca capitular, integrada por obras jurídicas y normativas de consulta para el gobierno y la administración de justicia, entre ellas la Recopilación de Leyes de Indias, la Curia Filípica y un volumen de Melgarejo, junto con los libros de acuerdos del Cabildo.

        Finalmente, se detallan los bienes muebles y útiles pertenecientes a la corporación, incluyendo mobiliario, instrumentos de medición oficial, herramientas, materiales de construcción y elementos destinados al mantenimiento de las dependencias públicas. El documento deja constancia de que dichos papeles y efectos se hallaban bajo custodia del tesorero de la Villa, don Pedro Pablo de Leiva, y de su posterior reintegro al Archivo del Cabildo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Rendición de cuentas de 1775]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID829 · Unidad documental simple · 1775-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        La unidad documental reúne la rendición de cuentas de los ingresos y gastos de los propios de la Villa de Luján correspondientes al año 1775, originados principalmente en los derechos del puente, así como la relación de libramientos emitidos por el Cabildo contra el tesorero don Pedro Pablo de Leyva.

        La documentación contable registra el producido anual del puente, los fondos remanentes del ejercicio anterior y su aplicación a distintos gastos de la administración local. Entre ellos se incluyen erogaciones destinadas a la reparación y mantenimiento del puente, obras en la cárcel, adquisición de materiales, pago de mensajeros, sostenimiento de la escuela de primeras letras mediante la retribución al maestro de niños, celebraciones religiosas y festivas, así como pagos al recaudador de los derechos del puente y a funcionarios encargados de obras públicas.

        Asimismo, el expediente incorpora el balance final presentado por el tesorero, con la verificación de los descargos efectuados por el Cabildo y la cancelación de sus cuentas.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Recibo de pago] 1830
        AR B-CMPEU C-VL-Se14-ID 123 · Unidad documental simple · 1830-05-27
        Parte de Colección Villa de Luján

        Recibo firmado por Pepa Segas[?] por el pago de 800 pesos que le realizó Juan José Butieses

        Segas, Pepa
        AR B-CMPEU C-VL-Se4-ID14 · Unidad documental compuesta · 1796
        Parte de Colección Villa de Luján

        Nota del Alcalde Ordinario de la Villa de Luján, que incluye la copia impresa de dos Reales Cédulas referidas a un indulto general dictado por el Rey en 1795, firmada por Joseph Antonio de Borja. Incluye notas del Alcalde Felipe Antonio Martínez referidas a dichas Cédulas y a los Bandos para su comunicación en la Villa. El documento posee timbrado y sello de Carlos III.

        Martínez, Felipe Antonio
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID247 · Unidad documental simple · 1790-01-25
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Transcripción del poder otorgado por Joaquín Cavot, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Manuel de la Riva, alguacil mayor; Gaspar de Contreras y Pablo Hernández, regidores, en su carácter de integrantes del Ilustre Ayuntamiento del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, a Gaspar de Contreras, vecino y regidor de la villa, para que, en nombre y representación del Cabildo, Justicia y Regimiento, compareciese ante el Regio Tribunal y ante el excelentísimo señor virrey, y siguiese, promoviese y sostuviese, hasta su conclusión, las acciones que habían quedado pendientes tras el fallecimiento del procurador Andrés Ivieta.

        Se le confirió mandato para proseguir, en primer término, la gestión ante el Real Tribunal, solicitando la venia y permiso necesarios para la finalización de la construcción de las casas capitulares, para lo cual se hallaban destinados los sobrantes de propios; y, en segundo lugar, para la defensa y sostenimiento de los términos de jurisdicción asignados a la villa al momento de su erección, conforme a lo dispuesto por José de Andonaegui, gobernador y capitán general de estas provincias.

        Asimismo, se le otorgaron amplias facultades para realizar todos los actos necesarios, conexos y concernientes a dichas gestiones, con poder de sustitución en procuradores u otras personas que estimase convenientes, y con relevación de costas conforme a derecho.

        El otorgamiento se formalizó a falta de escribano público, firmando los capitulares actuantes en testimonio de lo acordado.

        Poder que se resolvió otorgar en la reunión celebrada el 25 de enero de 1790.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID234 · Unidad documental simple · 1789-08-04
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 4 de agosto de 1789.

        En dicha fecha se reunieron Manuel de Pinazo, maestre de campo general reformado y alcalde ordinario; Antonio Vargas, regidor decano; Juan Irrazábal, alguacil mayor; Victorino Cheves, defensor general de menores; y José Ignacio Rodríguez, defensor de pobres.

        Durante la sesión, los capitulares acordaron otorgar poder a favor del alcalde Manuel de Pinazo para que, en representación del Cabildo de la villa, se presentase ante la Real Audiencia del virreinato con el objeto de solicitar la licencia necesaria para trabajar y concluir las casas capitulares, para cuya obra se había resuelto destinar el sobrante anual de los propios de la villa, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Instrucción de Intendentes y a lo acordado previamente por el ayuntamiento.

        Para el cumplimiento de esta gestión se le concedió poder amplio y suficiente, con facultad de sustituirlo en el procurador Antonio Ivieta o en la persona que estimase conveniente.

        Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes, dejándose constancia de haberse otorgado a falta de escribano público y real.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján