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Descripción archivística
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID164 · Unidad documental simple · 1780-03-18
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de marzo de 1780.

En dicha fecha se reunió el Cabildo con la asistencia de Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Ventura López Camelo, alguacil mayor; y Antonio Vargas, regidor decano, no habiendo concurrido Francisco Aparicio, regidor y defensor general de menores, ni Gavino de la Rosa, regidor y defensor de pobres, por no haberse recibido aún de sus respectivos empleos.

El acuerdo tuvo por objeto dar curso y despacho a las causas ordinarias, civiles y ejecutivas, resolviéndose su apertura formal por ser tiempo oportuno para ello. Asimismo, se dispuso la realización de la visita de cárcel, para lo cual fue llamado Francisco Vázquez, carcelero, quien informó la existencia de nueve reos detenidos por causas criminales: Faustino Rojas, José Antonio Ramos, Ignacio Barrios, Antonio Balmaseda, Pedro Gattán, Cabral, Joseph Tuares, Juan Tomás Pereyra, Francisco García y Luis Antonio Balmaseda.

Examinada la situación de los detenidos, el alcalde manifestó que, al no encontrarse sustanciadas sus causas, no era posible concederles la libertad ni imponerles las penas correspondientes.

Con lo cual se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID218 · Unidad documental simple · 1788-09-19
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 19 de septiembre de 1788.

En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; y Manuel de la Riva, defensor general de menores. No concurrieron Ventura López, quien no había aceptado el cargo de regidor decano, ni Pedro Antonio Cheves, defensor de pobres, por hallarse ausente en Buenos Aires.

Durante la sesión, el alcalde ordinario presentó un pliego dirigido al Cabildo que contenía la comunicación de un real decreto expedido por el rey en Aranjuez el 16 de mayo de 1788, mediante el cual se declaraban las personas y cargos que debían gozar del tratamiento de Excelencia, estableciéndose las formas correctas de uso de dicho tratamiento en los escritos oficiales. La disposición había sido remitida a la Real Audiencia de Buenos Aires y, por su conducto, a las autoridades de su distrito para su cumplimiento.

Los capitulares, puestos en pie, besaron y colocaron el documento sobre sus cabezas en señal de obedecimiento, declarando que lo obedecían como carta de su rey y señor natural y mandaron que se cumpliese y ejecutase en todas sus partes, quedando el original archivado.

A continuación se leyeron dos memoriales presentados por Bernardo Cabral y Francisco Vásquez, quienes solicitaban la concesión de terrenos en el ejido de la villa: el primero para construir un horno de material y el segundo para destinarlos a labores agrícolas. El Cabildo resolvió concederles la merced solicitada y comisionó al alcalde ordinario Carlos Thadeo Romero para señalar los terrenos y darles la correspondiente posesión, debiendo registrarse el acto en el cuaderno destinado a las mercedes y posesiones de tierras.

Finalmente, considerando que la procesión del Santísimo Sacramento no se había podido realizar anteriormente debido a la abundancia de lluvias y que las condiciones del tiempo ya lo permitían, acordaron que dicha procesión se celebrase el domingo primero de octubre por la mañana, con la asistencia de los miembros del Cabildo.

Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los presentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID157 · Unidad documental simple · 1779-12-24
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1779.
Asistieron Alonso González, alcalde ordinario; Juan de la Fuente, regidor decano; y Juan de Irrazábal, defensor general de menores. No concurrieron Antonio Perelló, alguacil mayor, ni Antonio Pereira y Mariño, por encontrarse dando cuenta de la tercena a su cargo en la Villa.

Reunidos en la sala de acuerdos, se resolvió dar punto a las causas civiles y ejecutivas y proceder a la visita de cárcel. Ante la ausencia del alguacil mayor, se convocó a Francisco Vázquez, quien informó que solo había un preso, detenido por orden del capitán Carlos Romero.

Seguidamente, se dejó constancia de que ese día correspondía la calificación de votos, con motivo de la proximidad del Año Nuevo y las elecciones de nuevos alcaldes y demás cargos concejiles, conforme al auto dispuesto por José de Andonaegui en la erección de la Villa y a la costumbre seguida en la ciudad de Buenos Aires. Revisada la situación de los individuos, se declaró que todos se hallaban aptos y sin impedimento alguno.

Finalmente, el regidor decano y defensor de menores propuso que, en caso de no haberse recibido aún las cuentas del producto del puente, se las solicitase a Juan de Lezica.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID152 · Unidad documental simple · 1779-03-27
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 27 de marzo de 1779.
Asistieron Alonso González, alcalde ordinario; Juan de la Fuente, regidor decano; y Antonio Pereira y Mariño, regidor y defensor general de pobres.

Reunidos en la sala de acuerdos, se resolvió dar punto a las causas ordinarias civiles y ejecutivas y proceder a la visita de cárcel. A tal efecto fue llamado Francisco Vázquez, carcelero, quien informó que se encontraban dos reos presos por causas criminales: Rafael Acosta, por haberse llevado a una mujer casada, y Luis Zambrano, por el robo cometido contra José de Castro.

Considerado el caso de Luis Zambrano, y atendiendo a que llevaba largo tiempo preso sin que hubiese parte acusadora que promoviera causa en su contra, se acordó concederle la libertad, bajo la condición expresa de que no debía acercarse a la casa de la mujer referida.

No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los presentes, actuando por ante sí.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján