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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID287 · Unidad documental simple · 1792-07-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Transcripción del escrito presentado por Pedro Antonio Torres, en su carácter de alcalde ordinario, ante el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján, en relación con la queja interpuesta por Manuel Mariano Creu ante el señor virrey, con motivo de su separación del cargo de maestro de escuela y de las expresiones agraviantes vertidas por este contra el cuerpo capitular.

              En dicho escrito, el alcalde expone la necesidad de dirigir representación al señor virrey, a fin de manifestar con claridad lo ocurrido y suplicarle se sirva declarar que no ha lugar al recurso promovido por el referido Creu. Solicita asimismo que, entretanto la Superioridad resuelve, se le haga saber que este Cabildo no le admitirá gestión ni instancia alguna sobre el particular, bajo apercibimiento de proceder conforme a derecho.

              Igualmente, propone que, para la mejor defensa de los fueros y prerrogativas del Ilustre Ayuntamiento, se nombren dos diputados: uno que actúe en la villa en todo lo conducente a su defensa, y otro que ocurra a la capital del reino para atender lo necesario en seguimiento de la causa, confiriéndoseles a ambos las facultades y poderes que resulten precisos para el desempeño de su encargo.

              Escrito tratado en la sesión celebrada el 9 de julio de 1792.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Informe contable de 1776]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID830 · Unidad documental simple · 1777-12-31
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              La unidad documental reúne la cuenta de los ingresos y gastos de los propios de la Villa de Luján correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero y el 24 de junio de 1776, aprobada por el Cabildo en diciembre de 1777. El documento registra el producido de los derechos del puente y su distribución en diversas erogaciones vinculadas con la administración local.

              La sección contable consigna gastos destinados al mantenimiento, reparación y mejora del puente, incluyendo la adquisición y transporte de maderas, cueros, postes, herramientas y otros materiales de construcción, así como el pago de jornales a peones y trabajadores. También se registran desembolsos para la manutención de los presos empleados en las obras públicas, la compra de prisiones para la cárcel, la retribución del carcelero y otros gastos relacionados con el funcionamiento de la administración de justicia.

              Asimismo, la documentación da cuenta de pagos efectuados para el sostenimiento de la escuela de primeras letras, mediante la remuneración de maestros y la provisión de mobiliario escolar; de gastos derivados de diligencias administrativas y judiciales, mensajerías y comunicaciones oficiales; y de inversiones vinculadas con la construcción de las casas capitulares.

              La cuenta incluye además erogaciones destinadas a celebraciones religiosas y festividades públicas, tales como misas de acción de gracias, corridas de toros y festejos comunitarios, detallándose los gastos de organización, provisión de materiales y remuneración de participantes.

              Finalmente, se incorpora el balance general de la administración de los fondos, con la relación entre ingresos y descargos, la determinación del alcance resultante y la aprobación de las cuentas por parte del Cabildo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID875 · Unidad documental simple · 1798-11-09
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido al prelado de la Orden de San Francisco en el que el juez ordinario de la Villa de Luján informa que, durante la visita realizada por el Cabildo a la escuela pública de primeras letras sostenida con fondos de propios, se impartieron al maestro instrucciones y apercibimientos destinados a mejorar la enseñanza y el aprovechamiento de los alumnos, en ejercicio de las atribuciones propias de la jurisdicción real sobre dicho establecimiento.

              Asimismo, manifiesta que el religioso fray Pedro Quintana cuestionó públicamente las actuaciones practicadas durante esa visita, incluso en presencia de terceros, considerando que tales intervenciones constituyen una injerencia en materias ajenas a la jurisdicción eclesiástica y propias del gobierno secular. Finalmente, solicita al prelado que prevenga al mencionado religioso para que, en lo sucesivo, se abstenga de intervenir o formular críticas sobre asuntos privativos de la jurisdicción real.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID844 · Unidad documental simple · 1797-06-28
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido a un funcionario superior en respuesta a la comunicación relativa a la reposición de Manuel Mariano Creu en el cargo de maestro de primeras letras. El documento refuta los argumentos presentados por Creu ante la Junta Superior de Real Hacienda, sosteniendo que su representación omite y tergiversa los antecedentes de la causa criminal promovida por doña Felipa Pereyra a raíz de las agresiones cometidas contra una esclava de su propiedad.

              Se describen las actuaciones judiciales practicadas por el juzgado, entre ellas la admisión de la querella civil y criminal, la recepción de declaraciones testimoniales y del informe del cirujano que asistió a la víctima, así como las diligencias realizadas para obtener la entrega del acusado por parte de la jurisdicción eclesiástica. Asimismo, se reseñan los oficios remitidos al vicario eclesiástico y al provisor del obispado, la falta de respuesta efectiva por parte de estas autoridades y las presentaciones efectuadas por la parte querellante.

              El oficio también explica las razones que motivaron el retiro de Creu del magisterio, señalando su ausencia del cargo, el inventario de los bienes de la escuela y la resolución del Cabildo de disponer su reemplazo, fundada tanto en su conducta como en la insuficiencia de sus aptitudes para el ejercicio de la enseñanza. Finalmente, el juez manifiesta que la presentación elevada por Creu procuraba desacreditar el proceder de la justicia ordinaria y reafirma la legalidad de las actuaciones desarrolladas en la causa.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID867 · Unidad documental simple · 1798-09-26
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio por el cual el Juez ordinario de la Villa de Luján informa a la Real Audiencia sobre los motivos por los cuales Manuel Mariano Creu no ha sido repuesto como maestro de primeras letras, en cumplimiento de una providencia dictada a raíz de una representación presentada por este. Expone que la decisión del Cabildo de separarlo del magisterio no obedeció a la causa criminal seguida por los malos tratos infligidos a una esclava de doña Felipa Pereyra, sino a su notoria falta de idoneidad para el ejercicio de la enseñanza, evidenciada en sus insuficientes conocimientos de lectura, escritura, ortografía y aritmética, así como en los escasos resultados obtenidos durante los más de cuatro años que estuvo al frente de la escuela. Señala, además, que el Cabildo observó reiterados escándalos, tropelías y desacatos cometidos por Creu, lo que motivó su remoción y el nombramiento, previo examen conforme a la normativa vigente, de Andrés Faneca como nuevo maestro. Finalmente, informa que la causa criminal promovida por Felipa Pereyra concluyó con la condena de Creu al pago de doce pesos a favor de la propietaria de la esclava y de las costas procesales, obligaciones que aún no había satisfecho por alegar insolvencia.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID846 · Unidad documental simple · 1797-08-14
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido a la autoridad superior judicial con motivo del recurso interpuesto por Manuel Mariano Creu, procesado en una causa criminal iniciada por querella de doña Felipa Pereyra. El documento informa sobre las actuaciones promovidas por Creu ante la Junta Superior de Real Hacienda y posteriormente ante la Real Audiencia, señalando que, pese a las resoluciones dictadas para que la causa continuara y se resolviera con prontitud, el acusado había eludido la acción de la justicia huyendo y promoviendo nuevos recursos.

              El remitente sostiene que las presentaciones efectuadas por Creu carecen de fundamento y expone las disposiciones legales que, a su juicio, autorizaban al juez ordinario a continuar la sustanciación del proceso mientras no existiera una orden expresa en contrario. Asimismo, manifiesta remite testimonio íntegro de las actuaciones para su examen, solicitando que se le permita proseguir con la causa hasta su conclusión.

              Finalmente, aclara que la separación de Creu del cargo de maestro de primeras letras no fue una decisión del juzgado, sino una resolución adoptada por el Cabildo en consideración a la conducta del acusado y a la falta de idoneidad para el ejercicio de la enseñanza.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 9 de julio de 1792]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID286 · Unidad documental simple · 1792-07-09
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de julio de 1792, continuada el 10 de julio del mismo año.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; Victorino Cheves, regidor defensor general de menores; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

              En el curso de la sesión del día nueve, el alcalde ordinario presentó un escrito relativo a Manuel Mariano Creu, quien había sido separado del empleo de maestro de primeras letras por no hallársele suficiente para la enseñanza de los niños. En dicho escrito se hacía constar que el referido Creu, además de haber promovido queja ante el excelentísimo señor virrey contra este Ayuntamiento por su remoción, vertía expresiones consideradas agraviosas y poco decorosas contra el Ilustre Cabildo y la determinación adoptada.

              Visto y considerado su contenido, los capitulares acordaron que se hiciese representación formal a fin de que no se le admitiese al mencionado Creu recurso ni gestión alguna en desacato de lo resuelto por este cuerpo. Asimismo, para sostener los derechos y prerrogativas del Ayuntamiento, se propuso el nombramiento de dos diputados: uno que actuase en la Villa en defensa de sus fueros, y otro que compareciese en la ciudad de Buenos Aires para promover lo necesario en favor de la jurisdicción.

              Enterados los señores capitulares, y de común acuerdo, resolvieron nombrar como diputado para la ciudad de Buenos Aires al alcalde Pedro Francisco Torres, y para las diligencias que se ofreciesen en la Villa a José Antonio González, confiriéndoles las facultades necesarias para la defensa de los derechos del Cabildo, con las cláusulas y prerrogativas que fuesen menester.

              En ese estado, el regidor decano Manuel de la Riva manifestó que suspendía su voto sobre la materia, por querer reflexionar con libertad antes de pronunciarse definitivamente. Por tal motivo, la resolución del acuerdo quedó diferida para el día diez de julio.

              Reunidos nuevamente en dicha fecha los mismos señores capitulares, el regidor decano expresó que siempre había sido de dictamen que no se removiese al referido maestro sin previa prevención y amonestación sobre el modo en que debía conducirse en la escuela. En uso de la libertad que las leyes le conceden para emitir su voto, declaró no convenir en las accionesen contra del mencionado Creu, solicitando que su voto en disidencia quedase asentado en el acuerdo, máxime considerando que habrían de emplearse recursos de propios en las diligencias proyectadas.

              A lo cual el alcalde hizo presente que el regidor decano había firmado el acuerdo por el cual se dispuso la remoción del referido maestro, según constaba en las actas del Cabildo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID289 · Unidad documental simple · 1792-08-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de agosto de 1792.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

              En la sesión compareció Juan Irrazabal, quien presentó un escrito en nombre de veintiseis vecinos de la Villa, firmado por estos, en queja contra el maestro Manuel Mariano Creu. En la presentación manifestaron que no pondrían a sus hijos en la escuela que aquel pretendía volver a ejercer, alegando el escaso aprovechamiento obtenido y el mal trato que, según expresaron, dispensaba a los alumnos.

              Visto el recurso, el Cabildo acordó remitirlo a la superioridad correspondiente, con noticia de los presentantes, para que se provea lo que corresponda.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID102 · Unidad documental simple · 1775-08-03
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 3 de agosto de 1775 . Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Juan de Irrazábal, regidor.

              En la sesión, el regidor decano dio lectura a un memorial presentado por Miguel Gerónimo Benítez, maestro de primeras letras de la villa, en el que expuso el incumplimiento reiterado de los autos y bandos dictados desde 1773 que obligaban a los padres a enviar a sus hijos a la escuela pública, solicitando la aplicación efectiva de las providencias, el pago del estipendio de dos reales por cada niño y la imposición de las penas correspondientes por la desobediencia.

              Asimismo, solicitó el cobro de los atrasos de dos años, la designación de un diputado del Cabildo para vigilar el cumplimiento de las disposiciones, la reiteración de un auto general obligando a los vecinos de la villa y su jurisdicción a enviar a sus hijos a la escuela bajo pena pecuniaria, y la gestión ante el Tribunal de Temporalidades del pago del estipendio anual de setenta y cinco pesos asignado a beneficio de la escuela pública.

              Enterados los capitulares, acordaron nombrar por diputado al regidor decano Juan Pablo López Camelo, para que vigilara el cumplimiento de las providencias, y resolvieron que quienes pudieran hacerlo abonasen al maestro el estipendio correspondiente, como si sus hijos asistieran a la escuela. Asimismo, ordenaron la promulgación de un auto general obligando a todos los vecinos a enviar a sus hijos a la escuela, bajo pena de diez pesos aplicados a obras públicas.

              Finalmente, acordaron escribir carta al Tribunal de Temporalidades solicitando el pago del estipendio correspondiente al maestro de niños de la villa.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID505 · Unidad documental simple · 1804-11-27
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 27 de noviembre de 1804.
              En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario, presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.
              Durante la sesión, y ante la insuficiencia de caudales para la continuación de la obra del puente, acordaron solicitar un nuevo suplemento de mil pesos a la persona que había adelantado los dos mil anteriores, o bien arbitrar otros medios en caso de no obtenerlo.
              Asimismo, se dio cuenta de una carta acordada del superior gobierno en la que se ordenaba informar, con copia de los acuerdos, sobre el nombramiento y separación del maestro de primeras letras Manuel Montiel de Vasconcelos, disponiéndose cumplir con lo mandado.
              Seguidamente, se atendieron diversos gastos vinculados a la obra del puente: se ordenó el pago solicitado por el maestro mayor para sus oficiales, se entregaron veinticinco pesos para la manutención de los peones, se abonaron veinticuatro pesos a Manuel Álvarez por fletes de madera, y se recibió la cuenta presentada por Diego Garrido por la provisión de materiales, así como un recibo por la compra de herramientas, quedando todo a cargo del Cabildo.
              Finalmente, se acordó abonar el salario correspondiente a Manuel Montiel por su desempeño como escribiente.
              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID69 · Unidad documental simple · 1774-03-26
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de marzo de 1774, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa y de los regidores José Braulio de Torres y Francisco Aparicio, y con la ausencia del regidor decano José de Cheves.

              El regidor defensor general de menores abrió y leyó una carta de Juan de Lezica y Torrezuri, en la que se informaba sobre la conveniencia de reedificar el puente en un sitio más ventajoso y sobre la necesidad de acopiar materiales. El alcalde ordinario expuso el estado ruinoso del puente existente y el riesgo que representaba para la comunicación y las rentas de la Villa. Tras deliberación, se acordó postergar la construcción hasta contar con recursos suficientes y comunicar esta resolución al procurador general Juan de Lezica.

              Se trató un memorial presentado por el alcalde de la Santa Hermandad Ventura López, resolviéndose que debía ejercer su jurisdicción en el partido de Areco, para el cual había sido recibido, ordenándosele abstenerse de ejercer actos jurisdiccionales fuera de dicho territorio y remitir cualquier reclamo al capitán general.

              Se analizaron dos memoriales de los dueños de tahonas, acordándose mantener lo dispuesto en el auto publicado el 26 de febrero hasta el 15 de mayo y permitir, desde esa fecha y hasta fines de agosto, la molienda a razón de tres reales.

              Se leyó un memorial del maestro de niños Miguel Jerónimo Benítez relativo a la asistencia obligatoria a la escuela pública, acordándose diferir su tratamiento hasta la reapertura del juzgado.

              Ante la falta de fiel ejecutor, y correspondiendo por antigüedad al regidor decano José de Cheves, se le nombró para dicho cargo por los meses de abril, mayo y junio.

              El alcalde ordinario informó haber abonado tres pesos a dos chasquis enviados a Buenos Aires y al procurador general, acordándose librar el correspondiente pago al tesorero Pedro Pablo de Leyva.

              Finalmente, se suspendieron las causas civiles y ejecutivas por cierre de términos y se realizó la visita de cárcel, registrándose catorce presos, de los cuales dos fueron puestos en libertad.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID298 · Unidad documental simple · 1793-02-26
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de febrero de 1793.

              Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde ordinario interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, defensor de pobres.

              Reunidos para el tratamiento de los asuntos del gobierno capitular, el alcalde ordinario interino y regidor decano presentó un pliego cerrado.

              Abierto y leído, se halló ser orden del Excelentísimo Señor Virrey para poner en posesión del oficio de maestro de escuela a don Mariano Creu. En su vista, acordaron guardar el respeto debido al superior mandato y suplicar al mismo, y en caso necesario representar las razones que hubiere por medio del apoderado constituido para dicho efecto, permitiéndose sacar copia testimonial de este acuerdo para su presentación.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID442 · Unidad documental simple · 1802-01-26
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de enero de 1802.

              En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; Pascual Aybar, regidor defensor de menores; y Juan Gregorio Sosa, regidor defensor general de pobres; con la inasistencia de Patricio Peñalba, alguacil mayor.

              Durante la sesión, los capitulares trataron sobre la enseñanza de primeras letras y el desempeño del maestro Andrés Faneca. En este sentido, acordaron establecer una instrucción general para su ejercicio, disponiendo que procure inculcar en los niños principios religiosos, morales y cívicos, junto con la obediencia, el respeto y el amor al bien público, así como aplicar un método adecuado para el adelantamiento de sus discípulos. Asimismo, resolvieron reservarse la facultad de examinar a los alumnos periódicamente para verificar su progreso.

              Del mismo modo, determinaron fijar un horario regular de enseñanza, asignar al maestro una retribución anual de cien pesos, autorizar el cobro de dos reales mensuales a quienes pudiesen contribuir, con la obligación de enseñar gratuitamente a los niños pobres, y ordenar que esta disposición se fije en la escuela y se archive en el libro de acuerdos.

              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID335 · Unidad documental simple · 1795-03-24
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 24 de marzo de 1795.

              Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Esteban de Torres, alguacil mayor.

              En la sesión los capitulares trataron en primer término el atraso que se observaba en la instrucción y enseñanza de la juventud de la Villa y su jurisdicción. Considerando que los bandos promulgados por cabildos anteriores para obligar la asistencia de los niños a la escuela no habían producido efecto, se acordó informar a la Real Audiencia del distrito acerca de lo sucedido desde el año de 1792 en relación con el establecimiento de la escuela y la decadencia en que se encontraba, exponiendo la importancia que para el público tenía la educación de los niños a cargo de una persona que desempeñase dicha función con celo y aplicación, así como el perjuicio que la situación actual ocasionaba a los propios del Cabildo.

              Seguidamente se abrieron varios despachos relativos a cuentas de propios de la Villa remitidos por capitulares de años anteriores. A la vista de la Real Cédula de 14 de septiembre de 1788 sobre la observancia de la ordenanza de la institución de intendentes, resolvieron consultar a la Real Audiencia acerca del procedimiento que debía seguirse conforme a dicha disposición. Entretanto, acordaron glosar las cuentas contenidas en los referidos despachos y ordenar el reintegro al fondo de propios de las partidas que se hubiesen efectuado sin arreglo a la planta e instrucción del código de intendentes, por considerarse que ello redundaba en beneficio del Cabildo.

              Finalmente trataron lo relativo al abasto de carnes de la Villa y resolvieron, para asegurar su mayor abundancia, señalar tres o cuatro hacendados de las más inmediatos y obligarlos a proveer el abasto según lo dispusiese el alcalde ordinario en la forma que estimase más conveniente al público.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID29 · Unidad documental simple · 1772-12-24
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión en la que el tesorero Pedro Pablo Leyva presentó la rendición de cuentas correspondiente al período comprendido entre el 8 de mayo de 1771 y el 8 de mayo de 1772, la cual fue asentada en el libro de inventarios. Se dejó constancia de que no se concretó lo acordado respecto de la toma de dinero perteneciente a menores para continuar la obra del Cabildo y de la cárcel. Asimismo, se resolvió entregar al procurador general de la Villa la mitad de lo recaudado por el puente durante el año 1771 y abonar, con cargo a las cuentas del año 1772, cuarenta pesos a Juana María Leguizamón y veinte pesos a Victoria Altamirano en pago por las tierras tomadas para el ejido. También se aceptó el pedido de Juana María Leguizamón para que no se abriera calle en la quinta de su propiedad y se trató la asignación de un pago anual de veinticinco pesos al maestro de escuela Miguel Gerónimo Benítez. Finalmente, para la conclusión de las causas civiles, se dejó constancia de la visita a la cárcel, en la que se hallaban dos presos.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID796 · Unidad documental simple · 1814-02-22
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján del 22 de febrero de 1814. Establecimiento de una escuela de primeras letras en San Antonio de Areco.

              En la villa de Nuestra Señora de Luján, a 22 de febrero de 1814, estando el Cabildo, Justicia y Regimiento en su sala consistorial, se hallaban presentes Francisco Mariano Martínez, alcalde ordinario; Isidro Irrazábal, regidor decano; Pedro Molina, regidor defensor general de menores; y Manuel Antonio Vicenter, regidor defensor general de pobres, no concurriendo el alguacil mayor por hallarse enfermo.

              En este estado, el regidor defensor de pobres expuso la necesidad de establecer escuelas de primeras letras en los pueblos de la jurisdicción, señalando particularmente la falta de una en San Antonio de Areco, población numerosa y antigua, cuya carencia de instrucción perjudicaba la formación de habitantes aptos para el servicio público. Destacó asimismo los esfuerzos realizados por sus párrocos para disponer de una casa destinada a escuela y propuso utilizar para su dotación el sobrante de los propios del Cabildo.

              Oída y discutida la propuesta con la debida reflexión, los capitulares acordaron unánimemente fundar y establecer una escuela de primeras letras en San Antonio de Areco, cuya dotación sería atendida por los propios del Cabildo, quedando sujeta a la aprobación del Supremo Gobierno. Para obtenerla, dispusieron remitir oficialmente copia testimoniada de la presente acta.

              Y no habiendo más que tratar, cerraron este acuerdo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID169 · Unidad documental simple · 1780-12-22
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 22 de diciembre de 1780.

              En dicha fecha se reunió el Cabildo con la asistencia de Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Ventura López Camelo, alguacil mayor; Antonio Vargas, regidor decano; y Francisco Aparicio, regidor y defensor general de menores.

              El acuerdo tuvo por objeto considerar un escrito presentado por el maestro de niños Gerónimo de Aguirre, en el que exponía no haber podido percibir de la Superior Junta de Temporalidades los setenta y cinco pesos anuales que le correspondían, cuyo pago se hallaba vencido desde el dieciocho de julio, lo que lo colocaba en la necesidad de abandonar su empleo, con perjuicio del público. Enterado el Cabildo, resolvió que, en atención al buen desempeño del maestro y al beneficio común, se le satisfagan anualmente los cien pesos de su asignación con fondos de propios de la Villa, incluyendo lo devengado desde el dieciocho de julio, disponiéndose asimismo dar vista del escrito a Juan de Lezica, síndico procurador general, para que dictamine al respecto, asentándose su respuesta en el libro de acuerdos.

              Asimismo se trató la conveniencia de que los individuos del Cabildo concurriesen en adelante a las funciones públicas vestidos de manera adecuada, imponiéndose multa de veinte pesos para obras públicas a quien contraviniese lo dispuesto.

              Finalmente, el alcalde dio cuenta de diversos libramientos expedidos para atender gastos de la obra de la Casa Capitular y calabozo; de las limosnas destinadas a medicinas, curación y mortajas de los pobres muertos en el suceso del veintiocho de agosto, por un malón; y de los gastos ocasionados por los presos empleados en trabajos públicos, tales como el puente, la zanja y la composición de bocacalles.

              Con lo cual se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID53 · Unidad documental simple · 1773-12-21
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 21 de diciembre de 1773, con la presencia del alcalde ordinario Diego de la Cruz, del alguacil mayor Antonio Vargas y de los regidores Juan Antonio Leguizamón y Pedro Álvarez.

              Durante la sesión, los capitulares mandaron llamar al diputado de la obra de la Real Cárcel, Pedro Franco de Torres, quien presentó las cuentas de los gastos realizados en dicha obra, asentándose las erogaciones por peones y otros desembolsos necesarios, así como la cuenta presentada por el maestro albañil correspondiente a los jornales trabajados, quedando establecido el monto total de la obra.

              Seguidamente, el Cabildo acordó librar al maestro de niños Miguel Jerónimo Benítez la suma de veinticinco pesos asignada por este ayuntamiento, ordenando al tesorero de la villa efectuar el pago.

              Finalmente, se trataron gastos vinculados a la obra y su logística, acordándose pagar a Pedro Álvarez importes correspondientes al trabajo y flete de tablones, al alquiler del cuarto utilizado como cárcel provisoria y a la compra de un candado, ordenándose librar dichas sumas al tesorero de la villa.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID496 · Unidad documental simple · 1804-08-21
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 21 de agosto de 1804.
              En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; y Ambrosio González, defensor general de menores; no concurriendo Andrés Castillo, defensor general de pobres, por hallarse enfermo.
              Durante la sesión se presentó un escrito del doctor Manuel José Montiel, en el que solicitaba ser nombrado maestro de los jóvenes de la villa, alegando su condición de natural de ella, su instrucción en letras y sus estudios cursados en la ciudad de Buenos Aires, comprometiéndose a la enseñanza de los niños. Considerados sus antecedentes, conducta y aptitudes, los capitulares resolvieron unánimemente nombrarlo preceptor de los niños de la villa. Asimismo, dispusieron que el alguacil mayor le dé inmediata posesión de la escuela, haciéndole entrega de los útiles correspondientes.
              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID42 · Unidad documental simple · 1773-04-20
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de abril de 1773. La sesión se celebró con la presencia del alcalde ordinario Diego de la Cruz, del alguacil mayor Antonio Vargas y del regidor decano Tomás de Torres.

              En primer término, se recibió y puso en posesión del cargo al regidor Juan Antonio Leguizamón. Convocado al efecto y estando presente, el alcalde ordinario le recibió juramento, quedando formalmente en posesión del empleo.

              Asimismo, se trató el cumplimiento de las disposiciones relativas a la escuela pública, establecidas por el Cabildo y reforzadas mediante auto del 13 de febrero de 1773. Ante el incumplimiento de varios vecinos, se acordó facultar al alcalde ordinario para que los hiciera comparecer y los obligara, mediante penas, a cumplir con lo dispuesto.

              Finalmente, se consideró la escasez de pan en la Villa, atribuida a la falta de molienda, y se acordó que los molineros molieran, al menos, media semana cada uno, distribuyéndose equitativamente el servicio entre los vecinos y atendiendo especialmente a los pobres. Se dejó constancia de la determinación de ejecutar lo acordado.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID94 · Unidad documental simple · 1775-02-02
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 2 de febrero de 1775, con la presencia de Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Cabral, alcalde mayor; y Juan Pablo López Camelo, regidor decano.

              Reunidos para tratar asuntos relativos al bien común y utilidad pública, se dio lectura a una carta remitida por el procurador de la villa, en la que se informó que el Tribunal de Temporalidades había librado la suma de setenta y cinco pesos destinados al beneficio de la escuela pública. En virtud de ello, el Cabildo acordó que dicha cantidad fuese recibida por Pablo de Leyva, quien, en nombre del procurador, debía efectuar la entrega correspondiente, dejando constancia expresa en el recibo del cumplimiento del servicio debido.

              Asimismo, se dejó asentado que correspondía la entrega de veinticinco pesos correspondientes al año anterior de 1774, disponiéndose que dicha suma fuese abonada por el tesorero de propios.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID500 · Unidad documental simple · 1804-09-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 8 de septiembre de 1804.
              En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.
              Durante la sesión se volvió a leer una carta acordada del superior gobierno en la que se disponía que el Cabildo, o en su defecto el procurador síndico, concurra a la información de pobreza promovida en el tribunal superior por don Manuel Fonseca, a quien se le había retirado la escuela que servía interinamente. Considerando la imposibilidad de concurrir personalmente y la falta de poder suficiente del procurador, los capitulares acordaron otorgar poder amplio a don José Ceide, vecino de Buenos Aires, para que represente al Cabildo en este asunto, con facultad de sustituirlo.
              Asimismo, dispusieron que los gastos se sufraguen con los propios, y que se remita al apoderado testimonio de este acuerdo junto con el informe sobre los motivos que justificaron la remoción de don Manuel Fonseca del cargo de maestro, a fin de que gestione lo conveniente.
              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID116 · Unidad documental simple · 1776-06-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de junio de 1776. Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; Carlos Romero y Miguel Rodríguez, regidores. No concurrió Pedro Álvarez por hallarse ausente.

              Durante la sesión, el alcalde ordinario informó sobre quejas relativas al maestro de primeras letras, debido al descuido en la educación de los niños, lo que había motivado el retiro de varios alumnos por parte de sus padres. Ante esta situación, propuso el nombramiento de Manuel Antonio Zorrilla y San Martín como nuevo maestro de niños, destacando su idoneidad, formación y condiciones morales, con una remuneración anual de cien pesos, distribuidos entre la Junta de Temporalidades y el Cabildo, en los mismos términos que percibía Miguel Gerónimo Benítez.

              El Cabildo resolvió admitirlo en el ejercicio del magisterio, manteniendo las condiciones establecidas en acuerdos anteriores, en particular la obligación de enseñar tanto a quienes contribuyesen económicamente como a los niños pobres, a quienes debía instruirse gratuitamente.

              Asimismo, se acordó organizar un control y notificación obligatoria a los vecinos para asegurar la concurrencia de los niños a la escuela, designándose como diputados a Gavino de la Rosa y a Carlos Tadeo Romero, con jurisdicciones territoriales específicas, a fin de evitar que los vecinos alegasen desconocimiento del acuerdo.

              Notificado Manuel Antonio Zorrilla y San Martín, aceptó el cargo y se dispuso su incorporación inmediata como maestro.

              Finalmente, el Cabildo dejó constancia del cumplimiento del acuerdo del 30 de marzo de 1776, informando que Juan de Lezica, síndico procurador general, aceptó las propuestas relativas al puente y a la sala capitular, habiéndose iniciado la construcción del puente y fijándose el inicio de la obra de la sala capitular para septiembre de 1776.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján