Casas de Cabildo

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  • Edificios o espacios físicos destinados al funcionamiento del Cabildo y a la celebración de las sesiones de sus miembros. También denominadas casas capitulares, constituían la sede donde los cabildantes se reunían para tratar y resolver los asuntos de la jurisdicción.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID234 · Item · 1789-08-04
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 4 de agosto de 1789.

            En dicha fecha se reunieron Manuel de Pinazo, maestre de campo general reformado y alcalde ordinario; Antonio Vargas, regidor decano; Juan Irrazábal, alguacil mayor; Victorino Cheves, defensor general de menores; y José Ignacio Rodríguez, defensor de pobres.

            Durante la sesión, los capitulares acordaron otorgar poder a favor del alcalde Manuel de Pinazo para que, en representación del Cabildo de la villa, se presentase ante la Real Audiencia del virreinato con el objeto de solicitar la licencia necesaria para trabajar y concluir las casas capitulares, para cuya obra se había resuelto destinar el sobrante anual de los propios de la villa, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Instrucción de Intendentes y a lo acordado previamente por el ayuntamiento.

            Para el cumplimiento de esta gestión se le concedió poder amplio y suficiente, con facultad de sustituirlo en el procurador Antonio Ivieta o en la persona que estimase conveniente.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes, dejándose constancia de haberse otorgado a falta de escribano público y real.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID308 · Item · 1793-09-30
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de septiembre de 1793.

            Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.

            El regidor decano expuso que, en atención a las comisiones que este Cabildo tenía encomendadas en orden a la construcción de la obra de las casas capitulares, y considerando que el tiempo resultaba propicio para poner en ejecución dicha empresa, se hallaba ya dispuesto todo lo necesario para su inicio. Manifestó asimismo que, aun cuando contaba anticipadamente con las facultades concedidas por el Cabildo para llevar a cabo dicha obra, estimaba conveniente solicitar formalmente la venia del Ayuntamiento para dar comienzo a los trabajos.

            Enterados los capitulares, acordaron unánimemente conceder dicha autorización para que de inmediato se iniciase la obra, a fin de aprovechar el tiempo más favorable y dar cumplimiento al superior mandato.

            Seguidamente el regidor decano expuso que, para que la obra quedase con la comodidad y lucimiento que correspondía, resultaba muy necesario colocar en el portal alto, frente a la plaza, un balcón, para darle la debida vista.

            Considerada la propuesta, los capitulares acordaron de manera unánime que se construyese dicho balcón. Atendiendo a que el frente del edificio medía diecinueve varas, resolvieron que se ocupase todo el largo con un balcón continuo para conservar una mejor simetría. Asimismo determinaron que su construcción fuese plana y de la forma menos costosa posible, encargándose desde luego su ejecución al regidor decano.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID593 · Item · 1809-04-25
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 25 de abril de 1809.

            Reunidos en la sala capitular los señores don Antonio Casal, alcalde ordinario y presidente; don Juan Antonio Corro, regidor decano; don Andrés Migoya, regidor defensor general de menores; y don Feliciano Torres, regidor defensor general de pobres; trataron diversos asuntos relativos al beneficio de la república.

            Los capitulares consideraron nuevamente el mal estado en que se encontraba la Casa Capitular al momento de ser recibida por las actuales autoridades, y recordaron lo acordado el 20 de febrero anterior respecto de la necesidad de reparar los daños para evitar una mayor ruina del edificio. En atención a que en la villa no había arquitecto ni aparejador competente para reconocer el estado de la construcción y calcular el costo de las obras necesarias, acordaron elevar informe al Superior Gobierno solicitando autorización para hacer venir desde la capital un arquitecto que forme el correspondiente presupuesto y determine los reparos indispensables.

            Asimismo, acordaron cerrar con pared el frente correspondiente a dos solares contiguos a la plaza, adquiridos con licencia superior en el año 1806, por hallarse anexos a la Casa Capitular y resultar necesario impedir la comunicación con los muros interiores de la cárcel, además de corregir el aspecto imperfecto que dichos huecos ocasionaban en la plaza.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1818-ID823 · Item · 1818-02-18
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de febrero de 1818.

            En esta sesión se reunieron Salvador Aguirre, alcalde ordinario; Francisco Antonio Sosa, regidor decano; Juan Manuel Quevedo, alguacil mayor; y Severino Piñero, regidor defensor general de pobres.

            Durante el acuerdo, los capitulares trataron diversos asuntos vinculados a la administración de los bienes y servicios públicos de la jurisdicción. En primer término, acordaron solicitar al Director Supremo autorización para efectuar reparaciones en las casas consistoriales de la Villa, debido al avanzado deterioro que presentaban como consecuencia de las inclemencias del tiempo y al riesgo de ruina que amenazaba el edificio.

            Asimismo, resolvieron introducir mejoras en el sistema de abasto de carne de la Villa, con el propósito de asegurar un mejor servicio para el vecindario y aumentar los ingresos de los propios municipales. Para ello dispusieron que el abastecimiento se adjudicara mediante pública subasta, rematándose en favor de quien realizara la mejor oferta. Encargaron al alcalde ordinario la organización de las almonedas durante tres días consecutivos, debiendo fijar las condiciones que considerase más convenientes para el beneficio del público y conforme a derecho.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID40 · Item · 1773-03-04
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 4 de marzo de 1773. La sesión se celebró con la presencia del alcalde ordinario Diego de la Cruz, del regidor decano Tomás de Torres y del alguacil mayor Antonio Vargas.
            En primer término, se deliberó sobre la necesidad de continuar con el edificio de la sala capitular y cubrir con tejas el calabozo, disponiéndose la realización de dichas obras con los materiales existentes. A tal efecto, se acordó diputar a Pedro Francisco de Torres para la dirección de los trabajos y la manutención de las personas empleadas, fijándose inicialmente una retribución mensual de cuatro pesos, la cual fue elevada a seis pesos y medio mensuales. Como consecuencia de este nombramiento, se dejó sin efecto la diputación conferida anteriormente a Pedro Pablo de Leyva para el mismo fin. Asimismo, se ordenó la entrega al nuevo diputado de los materiales y herramientas existentes para la obra de la casa capitular, debiendo otorgar recibo en el libro de cuentas del Cabildo.

            Seguidamente, se convocó al tesorero Pedro Pablo de Leyva para informar sobre los fondos correspondientes a los propios de la Villa, quien manifestó que, conforme a la cuenta del año anterior, los mismos alcanzaban los diecinueve pesos. Considerada la insuficiencia de recursos, se resolvió que los trabajos se ajustaran a los medios disponibles, avanzando en la preparación de maderas y demás elementos necesarios hasta nueva disposición.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID321 · Item · 1794-05-31
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 31 de mayo de 1794.

            Asistieron Gaspar de Contreras, alcalde interino; Tadeo Abrego, regidor decano; Francisco Arnaes, alguacil mayor; y Ventura López, regidor defensor de menores.

            Durante la sesión se trató el cumplimiento del pago correspondiente al arrendamiento del puente de la villa, cuyo contrato establecía que a los seis meses debía efectuarse la primera mitad del precio convenido. El arrendatario había manifestado no disponer del dinero en ese momento por tenerlo empleado en otras obligaciones y solicitó que se le concediese un plazo más amplio para efectuar la paga.

            Considerando las urgentes necesidades económicas del Cabildo, especialmente las relacionadas con la de obra del edificio del cabildo que se encontraba detenida por falta de fondos, los cabildantes resolvieron intimar al arrendatario mediante auto formal para que realizase el pago dentro del término de ocho días. Asimismo dispusieron que, en caso de incumplimiento, se procediese al embargo de sus bienes y a su venta en pública subasta hasta cubrir la suma adeudada correspondiente a la primera paga del arrendamiento.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID327 · Item · 1794-09-12
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 12 de septiembre de 1794.

            Asistieron Tadeo Abrego, regidor decano y alcalde ordinario encargado; Francisco Arnaes, alguacil mayor; Ventura López Camelo, regidor defensor de menores; y el capitán de milicias Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres.

            Durante la sesión el regidor decano expuso que la obra de las casas capitulares se hallaba casi concluida, pero detenida por falta de fondos, circunstancia que ocasionaba el deterioro de las maderas y demás materiales ya utilizados en la construcción. En atención a esta situación, el Cabildo resolvió procurar recursos para finalizar la obra y acordó solicitar al vecino Juan Posto Méndez que prestase a los propios del Cabildo el dinero necesario para concluir las casas capitulares, otorgándole los correspondientes resguardos. Asimismo se dispuso que, en caso de que dicho vecino no accediese a efectuar el préstamo, se elevase consulta a la superioridad exponiendo los perjuicios derivados de la paralización de la obra.

            Para gestionar esta diligencia se comisionó al regidor Ventura López Camelo, a fin de que, por su conocimiento de los vecinos de la jurisdicción, propusiera a quienes pudieran contribuir con el referido auxilio económico en condiciones favorables al bien común.

            Finalmente se resolvió convocar a Junta Municipal para los días 13 o 15 del mismo mes, con asistencia de Gaspar de Contreras, con el objeto de examinar el estado de las cuentas, documentos de cargo y data y demás comprobantes relativos a los propios del Cabildo. A tal efecto se nombró como integrantes de dicha Junta a Tadeo Abrego, Ventura López Camelo y Juan Antonio Corro.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID352 · Item · 1796-09-17
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 17 de septiembre de 1796.

            En dicha fecha se reunieron Felipe Antonio Martínez, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Esteban de Torres, regidor decano; y Martín Lobo, regidor defensor general de menores.

            Durante la sesión se trató la conclusión de las casas capitulares y cárcel, acordándose solicitar a la ciudad de Buenos Aires operarios peritos para la finalización de la obra. Asimismo, se resolvió que, una vez presentes dichos operarios, se verifiquen los materiales que debía proveer Gaspar Contreras, ordenándosele comparecer y cumplir con la entrega de los mismos dentro del plazo señalado, a lo cual este se obligó.

            Igualmente, se dispuso proceder a la contratación de un maestro para la conclusión de la obra, ordenando fijar edictos y sacar la obra a público remate. Cumplidas las diligencias, en acuerdo posterior se adjudicó la obra a José Lino Gamboa, quien se obligó a concluirla por la suma de mil pesos, siendo aprobada dicha adjudicación por el Cabildo por considerarla conveniente a los intereses de la villa.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID394 · Item · 1799-09-30
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de septiembre de 1799.

            En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; Bonifacio Colman, alguacil mayor; Juan López Camelo, regidor defensor general de menores; e Isidro Irrazábal, regidor defensor general de pobres.

            Durante la sesión, el alcalde expuso la necesidad urgente de construir cercas y muros en la cárcel y calabozos de la villa, a fin de asegurar la custodia de los presos, debido a las frecuentes fugas ocasionadas por la falta de dichas estructuras, con el consiguiente perjuicio para la administración de justicia. Señaló que la obra se hallaba presupuestada en mil quinientos pesos, conforme al informe del maestro mayor alarife, comprendiendo tanto el muro perimetral como la bóveda y demás dependencias necesarias.

            Asimismo, se hizo presente la propuesta del maestro de las casas capitulares, José Lino Gamboa, quien se ofrecía a ejecutar la totalidad de la obra conforme al presupuesto señalado. Considerado el asunto, los capitulares acordaron que, antes de formalizar contrato alguno, se publiquen avisos al público por el término de ocho días, a fin de que cualquier interesado pueda presentar oferta en condiciones más ventajosas. Cumplido dicho plazo, y en caso de no presentarse mejor postura, se procedería a celebrar el contrato con el mencionado Gamboa.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID395 · Item · 1799-10-07
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de octubre de 1799.

            En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor; Bonifacio Colman, alguacil mayor; Isidro Irrazábal, regidor defensor general de pobres; y Juan López Camelo, regidor defensor general de menores.

            Durante la sesión, el alcalde informó sobre el resultado de los carteles publicados para el remate de la obra de los muros de la cárcel. En respuesta a dicha convocatoria, se presentaron dos propuestas: una de Juan Gamboa por la suma de mil quinientos pesos, correspondiente al valor estimado de la obra, y otra de Gaspar Contreras, quien mejoró la oferta en veinticinco pesos a favor de los propios.

            Enterados de ambas proposiciones, los capitulares acordaron dar vista a Juan Gamboa de la mejora presentada por Contreras, y dispusieron que, en caso de suscitarse controversia entre las partes, se faculte al alcalde para que la dirima y resuelva.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID744 · Item · 1812-11-16
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 16 de noviembre de 1812, con la asistencia de Estanislao José Aguirre, alcalde ordinario; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores; y Mariano Galeano, regidor defensor general de pobres.

            En la sesión, los señores capitulares acordaron que, habiéndose formado el presupuesto para la recomposición de las Casas Capitulares, conforme a lo dispuesto por el Superior Gobierno el 5 de marzo último, se remitiese el presupuesto original a dicha autoridad para que, en vista de este, adoptase la resolución que considerase conveniente.

            Asimismo, determinaron conservar una copia íntegra del presupuesto en el archivo del Cabildo.

            Con lo que se dio por concluido el acuerdo.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID919 · Item · 1777-12-31
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján mediante la cual se deja constancia de la recepción y examen de la cuenta final presentada por Juan de Lezica y Torrezuri, correspondiente a los gastos efectuados en el calabozo, puente, materiales para la sala capitular y demás obras realizadas para la fundación de la Villa, así como a las erogaciones destinadas a su defensa. El Cabildo informa que, en la cuenta remitida está incorporada la de 1776 junto con las anteriores, el importe reconocido a favor de la Villa asciende a 1051 pesos y tres reales. En consecuencia, el cuerpo capitular se da por satisfecho, agradece al remitente y dispone la protocolización de las cuentas en el archivo para su resguardo.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID51 · Item · 1773-19-09
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de septiembre de 1773, con la presencia del alcalde ordinario Diego de la Cruz, del alguacil mayor Antonio Vargas y de los regidores Pedro Álvarez y Juan Antonio Leguizamón.

            Durante la sesión, los capitulares retomaron acuerdos anteriores relativos a la Real Cárcel de la villa y determinaron como obra prioritaria la cubierta del calabozo. A tal efecto, solicitaron al diputado Pedro Franco de Torres, inspeccionar la obra y elevar informe para disponer la provisión de fondos.

            Asimismo, compareció José Braulio de Torres, albacea del difunto Tomás de Torres, quien solicitó el reintegro de materiales de carpintería suplidos al Cabildo para la reparación del puente. Las piezas fueron tasadas por el maestro Juan de Coimbra en once pesos, suma que el Cabildo mandó pagar con cargo a sus fondos.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID341 · Item · 1795-09-16
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 16 de septiembre de 1795.

            Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; Silvestre Burgos, regidor defensor general de menores; y Esteban de Torres, alguacil mayor.

            Reunidos para el tratamiento de asuntos de interés público de la Villa, los capitulares trataron en primer término sobre la continuación y conclusión del edificio de las casas capitulares, cuya construcción había sido autorizada por facultad real en el año de 1792. Con el fin de asegurar la pronta y adecuada ejecución de la obra, acordaron nombrar como diputado encargado de la misma a Juan de la Fuente, vecino de esta Villa y persona de reconocida probidad. Se le confió el cuidado y vigilancia de los materiales destinados a la construcción, debiendo informar al Cabildo de cualquier falta o defecto que advirtiese, así como llevar razón detallada de los salarios de los maestros, albañiles, peones y demás operarios que trabajasen en la obra. Los pagos correspondientes debían realizarse con los fondos que para tal efecto le librase la junta municipal de propios. Hallándose presente, Juan de la Fuente aceptó el encargo.

            Seguidamente se hizo comparecer a Gaspar Contreras, vecino de la Villa, quien adeudaba al fondo de propios una cantidad superior a trescientos pesos. Este propuso satisfacer dicha deuda mediante la provisión de ladrillo destinado a la continuación de la obra de las casas capitulares. El Cabildo estimó conveniente la propuesta y acordó que el referido Contreras suministrase el ladrillo necesario para la ejecución de los arcos, bóvedas y azotea del edificio. Se fijó su precio en nueve pesos el millar, condición que el mencionado Contreras aceptó, obligándose a proveer el material cuando se le ordenase. Este ajuste se tuvo por conveniente por ajustarse al presupuesto elaborado por Pedro Preciado, arquitecto de obras públicas, aprobado por la Real Audiencia de Buenos Aires.

            Asimismo se resolvió encargar al alcalde ordinario la compra de la cal necesaria para la obra, debiendo verificar previamente su calidad, idoneidad y precio corriente, procurando la mayor equidad tanto en su adquisición como en el ajuste del flete para su transporte a la Villa.

            Finalmente, atendiendo al estado del puente del río —cuyo derecho constituye el principal fondo de propios de la Villa— se acordó adquirir tres tirantes de madera destinados a su reparación y fortificación.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID338 · Item · 1795-05-28
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 28 de mayo de 1795.

            Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario presidente; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Esteban de Torres.

            En la sesión compareció don Victorino Cheves, quien manifestó haber sido elegido por este Cabildo para el empleo de regidor defensor de pobres y hallarse confirmado en dicho ministerio por el excelentísimo señor virrey. En virtud de ello, los capitulares acordaron ponerlo en posesión del cargo en la forma acostumbrada. El alcalde ordinario le recibió el juramento correspondiente y, una vez prestado, lo posesionó en el referido empleo.

            El nuevo regidor defensor de pobres solicitó se le hiciese saber lo determinado y acordado por el Cabildo en los acuerdos anteriores. Oída su petición, los capitulares la admitieron, y habiendo sido enterado de lo actuado, declaró que daba por bien deliberados y acordados todos sus capítulos, adhiriéndose a ellos con su voto.

            Seguidamente trataron sobre el estado de la casa capitular, cuya fábrica se hallaba adelantada, pero cuya conclusión se veía dificultada por el escaso fondo de propios de la Villa. Considerando la urgencia de continuar y concluir la obra, resolvieron tomar a interés la suma de mil quinientos pesos ofrecida por don Juan José de Lezica, vecino y comerciante de la ciudad de Buenos Aires, quien espontáneamente se había ofrecido a suplir dicha cantidad en beneficio del Cabildo.

            Acordaron que, para seguridad del capital y sus réditos, se hipotecase el derecho de pontazgo por el tiempo que fuese necesario hasta el pago de la deuda, y que se diesen al referido don Juan José de Lezica las debidas gracias por el beneficio que hacía a este Ayuntamiento. Asimismo, delegaron facultad en el alcalde ordinario para llevar a efecto lo acordado, lo que éste aceptó.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID343 · Item · 1795-12-24
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 24 de diciembre de 1795.

            Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario y presidente; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; Esteban de Torres, alguacil mayor; y Victorino Cheves, regidor defensor general de pobres.

            Reunidos para el tratamiento de asuntos relativos al gobierno y utilidad pública de la Villa, los capitulares hicieron constar en primer término que, pese a las diligencias practicadas para conseguir maestros albañiles que continuasen la obra de las casas capitulares y de la cárcel, no había sido posible persuadir a ninguno de los existentes en la ciudad de Buenos Aires para que se trasladase a esta Villa. En consecuencia, dispusieron que quedase asentada esta circunstancia en el acuerdo, a fin de que en lo sucesivo no se atribuyese a omisión o negligencia del Cabildo la paralización de dicha obra.

            Seguidamente trataron sobre el mal estado en que se hallaba la baranda del puente de la Villa, cuyo derecho de pontazgo constituía el principal ramo de los propios. Considerando el riesgo que ello podía ocasionar al tránsito de carretas, acordaron su inmediata reparación y alineación. Para tal efecto nombraron a José Lino Gamboa, vecino de la Villa, quien se obligó a ejecutar la compostura por la suma de veintiocho pesos, comprometiéndose además a repararla a su costa en caso de que dentro del término de cuatro años volviese a deteriorarse.

            Asimismo resolvieron mandar hacer una marca con el nombre de la Villa para señalar los cueros de los novillos destinados al abasto público, con el objeto de evitar los robos de cueros que, bajo pretexto de proceder del abasto, se venían experimentando con frecuencia.

            Del mismo modo acordaron adquirir cien postes de durazno para la formación de un corral de mataderos, estableciendo que los abastecedores pagasen al fondo de propios un cuartillo por cada cabeza de ganado que encerrasen en dicho corral. Esta disposición fue notificada a Francisco Sosa, obligado al abasto de carnes, quien manifestó su conformidad con el pago del referido derecho.

            Igualmente mandaron apercibir a Gaspar Contreras, quien había sido rematador del arrendamiento del puente el año anterior, para que dentro del término de veinticuatro horas entregase la cantidad que aún adeudaba, bajo apercibimiento de embargo de sus bienes y su puesta en pública subasta si no verificaba el pago dentro del plazo señalado.

            Finalmente resolvieron cerrar el punto de las causas civiles para proceder a la visita general de cárcel, dejando únicamente en curso las causas criminales. Practicada dicha visita y examinadas las causas de los presos existentes, acordaron conceder la libertad, en consideración a las festividades de Navidad y a la levedad de sus delitos, a Feliciano Lasante y a Anastacio Pérez, imponiéndoles para ello las correspondientes penas pecuniarias.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID346 · Item · 1796-04-13
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de abril de 1796.

            En dicha fecha se reunieron Esteban de Torres, alcalde ordinario en ejercicio por ausencia de Felipe Antonio Martínez; Andrés Migoya, alguacil mayor; y Martín Lobo, regidor defensor general de menores.

            Durante la sesión se resolvió suspender temporalmente la continuación de las casas capitulares hasta la primavera, en razón de las lluvias, ordenándose no obstante a Gaspar de Contreras cumplir con la entrega de materiales comprometidos en un determinado plazo, bajo apercibimiento.

            Asimismo, se acordó consultar a las autoridades superiores sobre la presentación de las cuentas de propios, en cumplimiento de la real orden vigente, y sobre la conveniencia de mantener el maestro de escuela en atención a su utilidad y costo.

            Igualmente, se dispuso solicitar el establecimiento de un cabo y dos soldados para la custodia de la cárcel, o en su defecto que dicha función recaiga en el sargento mayor de milicias de la villa.

            Finalmente, el Cabildo ordenó remitir testimonio íntegro de lo acordado al virrey y a la Real Audiencia para su determinación.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID233 · Item · 1789-08-03
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 3 de agosto de 1789.

            En dicha fecha se reunieron Manuel de Pinazo, maestre de campo general reformado y alcalde ordinario; Antonio Vargas, regidor decano; Juan de Irrazábal, alguacil mayor; Victorino Cheves, defensor general de menores; y José Ignacio Rodríguez, defensor de pobres.

            Durante la sesión se leyó la Real Orden de 14 de septiembre de 1788 relativa a la inversión de los caudales de propios, arbitrios y bienes de comunidad, por la cual se dispone que dichos fondos se inviertan a propuesta de las justicias ordinarias y cabildos, con aprobación de la Real Audiencia. Considerando además lo establecido en la Instrucción de Intendentes de 1782, que ordena aplicar los sobrantes anuales de propios en la compra de fincas o imposición de rentas, los capitulares acordaron destinar los caudales sobrantes de propios de esta villa a la conclusión de las casas de Cabildo, cuya construcción se hallaba inconclusa desde hacía años.

            Para ello resolvieron solicitar la aprobación de la Real Audiencia de Buenos Aires, remitiendo testimonio íntegro del acuerdo. La gestión quedó a cargo del alcalde Manuel de Pinazo, a quien se entregó dicho testimonio para su presentación.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los presentes.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID1000 · Item · 1806-03-20
            Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Oficio dirigido al gobernador intendente de Buenos Aires en cumplimiento de la solicitud de información sobre los propios, arbitrios y bienes de comunidad de la villa de Luján, su origen, cargas, gastos, ingresos y forma de administración. El Cabildo informa que los únicos propios de la Villa son los ingresos provenientes del pontazgo, cuyo origen se remonta a la Real Cédula de 19 de julio de 1764, mediante la cual se dispuso que, cumplidos los doce años de concesión del pontazgo al Santuario de Nuestra Señora de Luján, su producto pasara a beneficio de los propios municipales, y señala que no existen arbitrios. Detalla los bienes de comunidad, entre ellos las casas capitulares, con la sala de Cabildo, audiencia, archivo y caja de propios, escuela, vivienda del alguacil mayor, cárcel y dependencias anexas, así como siete cuadras de terreno destinadas a ejido, en las que se habían establecido quintas mediante mercedes cuyos importes aún no habían sido íntegramente abonados a sus antiguos propietarios.

            Asimismo, expone las cargas perpetuas y temporales que pesan sobre los caudales de la Villa. Entre las primeras menciona el tributo anual de 112 pesos y cuatro reales correspondiente al título de Villa y jurisdicción, del que se adeudaban cerca de treinta años. Entre las cargas anuales detalla los pagos destinados al maestro de niños, escribiente del Cabildo y Junta Municipal, mayordomo, festividades religiosas, provisión de papel y útiles para el Cabildo y juzgado, novenarios de misas, servicio de correo y contribución a la Contaduría General, además de la manutención de los presos y otros gastos eventuales. Señala que estas obligaciones se encuentran establecidas en el reglamento interino formado durante la administración del intendente Francisco de Paula Sanz y que constituyen la base sobre la cual se rinden las cuentas anuales.

            En relación con los ingresos, informa que el remate del pontazgo para el año en curso había producido 1110 pesos, suma excepcionalmente superior a los ingresos habituales, que no habían excedido los 800 pesos. Explica que estos recursos resultaban insuficientes para afrontar las cargas municipales debido a la destrucción del puente por una creciente ocurrida en junio de 1804, que obligó a su reconstrucción. Detalla que en la caja de propios solo había 1434 pesos y siete cuartos, mientras que el costo de la nueva obra ascendía a 4585 pesos y cinco reales y medio. Ante esta situación, el Cabildo solicitó al virrey un préstamo de 3000 pesos del Real Erario, que fue denegado, y finalmente obtuvo de don Nicolás de la Quintana dicha suma a réditos del 6 % anual. Señala que, como consecuencia de este endeudamiento, no existen sobrantes significativos en los fondos municipales y que la Junta Municipal conservaba únicamente 79 pesos correspondientes al saldo del año anterior.

            El Cabildo también refiere las reiteradas gestiones realizadas desde 1787 para obtener las pulperías de ordenanza como fuente adicional de propios, conforme al artículo 138 de la Instrucción de Intendentes. Expone que, pese a las representaciones elevadas sucesivamente a los virreyes y a la Real Audiencia, la Villa no había obtenido resolución favorable. Finalmente, solicita al gobernador intendente que disponga el señalamiento de las pulperías de dotación correspondientes a la Villa, con el objeto de incrementar sus propios y aliviar las cargas y obligaciones acumuladas. Pide asimismo que se comunique la resolución que se adopte, a fin de dar por concluida la gestión o, en caso contrario, recurrir al rey para obtener una solución.

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